SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

los demandados con su actitud ilegal de pretender restringir el acceso a otro copropietario utilizando la amenaza y coacción para limitar sus derechos sobre el inmueble, señalando que es “capitán” de Policía, está coaccionando e interfiriendo indebidamente con la realización de esos fines, pues nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, y en el de su familia; mucho más, cuando están de por medio dos menores de edad

En cuanto a la dignidad humana, Luis Recasens Siches manifiesta que: “El pensamiento de la dignidad consiste en reconocer que el hombre tiene fines propios de cumplir por sí mismos” que es “…la igualdad esencial de todos los hombres” traducidos en el respeto recíproco, que sus fines y medios no queden a merced de arbitrio subjetivo o caprichoso de otra persona, estrechamente relacionados con la protección a la integridad física, psíquica y moral; por lo que, los demandados con su actitud ilegal de pretender restringir el acceso a otro copropietario utilizando la amenaza y coacción para limitar sus derechos sobre el inmueble, señalando que es “capitán” de Policía, está coaccionando e interfiriendo indebidamente con la realización de esos fines, pues nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, y en el de su familia; mucho más, cuando están de por medio dos menores de edad, a quienes les puede afectar en su normal desarrollo psíquico y moral; por lo que toda persona tiene derecho a la protección de sus derechos contra estas injerencias o ataques, para lo cual el orden constitucional ha creado las garantías específicas, estando el Estado en la obligación de brindar la protección y tutela que se solicita.