SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

III.1. La acción de amparo constitucional como medio eficaz para la tutela de derechos fundamentales

La acción de amparo constitucional, prevista por el art. 128 de la CPE, está contemplada como una acción tutelar de defensa contra: “…actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y la ley”.

Asimismo, en el art. 129.I de la CPE, establece que: “…se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo a la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”.