SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
a la dignidad humana y a la propiedad privada
Finalmente, en cuanto a la invocación del derecho a la libertad cuya tutela fue denegada por la Jueza de garantías, al indicar que el mismo no está bajo la protección que brinda el amparo constitucional, cabe aclarar que de la lectura de la demanda o acción tutelar, los accionantes no se refieren a la libertad personal o física, sino a la libertad desde el punto de vista jurídico que consiste en la potestad de hallarse libre de coacciones públicas o privadas que abarca una gama de posibilidades como la libertad de circular libremente por las áreas comunes dentro del régimen de la propiedad horizontal. En ese sentido, y como lógica consecuencia, este derecho también resulta lesionado, por lo que corresponde otorgar la tutela al respecto.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación de la acción
- 1)
- concedio en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional como medio eficaz para la tutela de derechos fundamentales
- que no exista otro medio o recurso legal
- dada la particularidad de la problemática expuesta
- Fragmento 15
- SC 0183/2010-R
- En cuanto a la dignidad humana
- SC 0096/2010-R
- los amenazaron y agredieron verbal y físicamente, amenazas y agresiones de los que también fueron objeto sus hijos menores de edad, prohibiéndoles el acceso a las áreas comunes indispensables para el pleno ejercicio de su derecho propietario
- los demandados con su actitud ilegal de pretender restringir el acceso a otro copropietario utilizando la amenaza y coacción para limitar sus derechos sobre el inmueble, señalando que es “capitán” de Policía, está coaccionando e interfiriendo indebidamente con la realización de esos fines, pues nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, y en el de su familia; mucho más, cuando están de por medio dos menores de edad
- a la dignidad humana y a la propiedad privada
- APROBAR