Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 153/2011-RCA
Fecha: 27-Abr-2011
Fragmento 1
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Roberto Rómulo Coronado Díaz contra Wilbur Daza Gutiérrez y Marcela Rita Ortiz Torricos, ex Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior; y Pedro Flores Medina, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, todos del Distrito Judicial de Chuquisaca.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedente in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal constitucional
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad del recurso de amparo constitucional
- I.-
- improcedencia in límine
- podrá interponer un nuevo recurso cumpliendo todas las exigencias legales;
- ese plazo se suspende con la interposición de un recurso de amparo constitucional cuya resolución no ingresó al fondo, reiniciándose desde la notificación con la resolución o sentencia constitucional emitida,
- cinco meses y cinco días
- 1) el elemento fáctico