SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0329/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0329/2011-R

Fecha: 01-Abr-2011

Fragmento 14

No obstante que la pretensión de la accionante requirió la concesión temporal de la tutela, no existe justificativo alguno para que este Tribunal considere la excepción a la subsidiaridad, en razón a que los argumentos expresados ut supra, son válidos de igual manera; ya que como se dijo precedentemente, Lourdes Terrazas Melean, en la sustanciación del proceso coactivo, pudo hacer énfasis sobre el punto reclamado, contando con el tiempo suficiente para dicho efecto, logrando un pronunciamiento expreso de la autoridad competente y no pretender dar apertura al ámbito constitucional, cuando la justicia ordinaria pudo resolver el problema planteado.