SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0341/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a la libertad, por lo que arguyen procesamiento indebido, toda vez que el Fiscal demandado hubiese emitido órdenes de citación el 23 de junio de 2009, para que presten declaración informativa el 2 de julio de ese año, sin tomar en cuenta que no existía control jurisdiccional dentro del proceso penal iniciado por el Ministerio Público a instancias del Ministerio de Gobierno contra Francisco Tadic y otros, por la presunta comisión del delito de terrorismo, en razón a que la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz el 5 de junio de 2009, ordenó la remisión de antecedentes de ese caso a la Corte Suprema de Justicia, para que resuelva la inhibitoria planteada por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, al amparo del art. 19 del CPC. Por consiguiente, corresponde en revisión dilucidar si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- SC 0895/2010-R
- sin embargo, cuando se invoca procesamiento indebido o persecución ilegal, éstos a efecto de ser tutelados, deben estar necesariamente vinculados al derecho a la libertad, caso contrario podrá ser reparado por otro mecanismos de defensa
- III.3. Presupuestos para determinar la existencia de persecución ilegal o indebida
- SC 0129/2010-R
- En cuanto a la supuesta lesión del derecho al debido proceso;
- En cuanto a la citación para prestar declaración informativa,
- REVOCAR