SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0359/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0359/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

i)

Por otra parte, Martha Alí Jiménez de Silvety, Jueza Segunda de Trabajo y Seguridad Social, autoridad codemandada, mediante informe escrito cursante  a fs. 72, señaló lo que sigue: i) Efectivamente en el Juzgado a su cargo se tramitó el proceso laboral de pago de beneficios sociales seguido por María Paola Vásquez Velásquez, contra la empresa “Metales del Oriente” S.A., representada legalmente por Eduardo Coronado Javier, proceso que se encuentra pendiente de recurso de casación; ii) Habiendo sido confirmada la Sentencia dictada  por su autoridad  mediante Auto de Vista  saliente a “fs. 18” (del expediente original) y en aplicación a la normativa prevista en el Decreto Supremo (DS) 21858 de 19 de enero de 1988, María Paola Vásquez Velásquez se apersonó  e inició la ejecución  provisional de la Sentencia, tal como manda la precitada norma, dándosele el trámite previsto por ley; iii) Por lo relacionado precedentemente, se tiene que la Jueza de la causa, durante toda la tramitación de la presente causa y concretamente, en la fase de la ejecución de la Sentencia, actuó acorde a lo preceptuado por el art. 213 del CPT, haciéndose constar a su vez que en el proceso ya referido radicado en su Juzgado no se vulneró derecho alguno del representado del accionante; y, iv) Sostiene que todo su actuar se encuentra enmarcado dentro del derecho, constando a su vez que el representado del accionante tiene a su alcance los medios impugnativos correspondientes  en caso de creer que su autoridad ocasionare un eventual agravio al mismo.