SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0376/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0376/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

En cuanto al incidente de actividad procesal defectuosa

En cuanto al incidente de actividad procesal defectuosa; cabe señalar que no corresponde su análisis a través de la presente acción de libertad, por no darse los presupuestos para ello; dado que al estar ligada esta situación al debido proceso, para que sea tutelable por esta acción de defensa, es necesario que sea la causa directa de la restricción su libertad física y que esté en absoluto estado de indefensión; aspectos que no se dan en este caso, es más, ha asumido amplia defensa, prueba de ello es el incidente al que hace referencia. Situación que ratifica la denegatoria de tutela.