Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0376/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
III.1.Naturaleza jurídica, alcances de la acción de libertad y su carácter subsidiario excepcional
La acción de libertad prevista por el art. 125 de la CPE, es consagrada por la Ley Fundamental como una acción tutelar a la que “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal…”, podrá interponerla ya sea de manera oral o escrita, ante un juez o tribunal competente en materia penal.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica, alcances de la acción de libertad y su carácter subsidiario excepcional
- SC 0011/2010-R
- SC 0080/2010-R
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- En cuanto a los supuestos actos ilegales en la etapa preliminar
- Con relación a la revocatoria de fecha y hora de señalamiento de audiencia de consideración de la cesación de detención preventiva
- En cuanto al incidente de actividad procesal defectuosa
- APROBAR