Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0379/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, modificatorio del art. 4.I de Ley 003 de 13 de febrero de 2010, amplía las facultades otorgadas a este Tribunal, para resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales, interpuestas desde el 7 de febrero de 2009. Por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación de la tramitación de causas; sorteada la presente el 8 de febrero de 2011, se pronuncia Sentencia dentro de plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- i)
- "otorgando"
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.De la supuesta "improcedencia" de la acción alegada por los codemandados
- Fragmento 16
- c)
- III.3.Análisis de la problemática planteada
- Fragmento 19
- "conceder"
- APROBAR