Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0412/2011-R
Fecha: 14-Abr-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4. I. de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión resuelve: APROBAR la Resolución 14 de 4 de mayo de 2009, cursante a de fs. 212 a 216, dictada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada en los términos establecidos por el Tribunal de garantías.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En relación al pago de honorarios profesionales
- III.2. Análisis del caso de autos
- denegado
- APROBAR