SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0412/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0412/2011-R

Fecha: 14-Abr-2011

II.6.

II.6.  El 1 de abril de 2008, la parte demandada solicitó el rechazo de la pretendida medida precautoria iniciada por la Empresa “ADM-SAO” S.A., lo que motivó que el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial, dicte el Auto Interlocutorio Definitivo de 3 de abril del indicado  mes y año, en el que señala que, al no haber la demandante dado respuesta a la misma, dentro del plazo legal, pese haber sido notificada con el Auto, la oposición y providencia de 19 de marzo de 2008, se declara probada la oposición con costas y en consecuencia se dejan sin efecto tanto el Auto de Vista 180, así como la providencia de 15 de marzo de 2008 (fs. 133 vta.).