SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0412/2011-R
Fecha: 14-Abr-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la igualdad jurídica y a la justa retribución por el trabajo realizado; toda vez, que la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, mediante Auto de Vista, revocó el Auto Interlocutorio del 8 de diciembre de 2008, pronunciado por el Juez de primera instancia que reguló los honorarios profesionales en la suma de Bs1000.- más el 1% de la cuantía proveniente del monto establecido en el contrato de compraventa a futuro de las primeras 10.000 toneladas de grano de soya con un costo de $us213.- por t de semilla. Por lo expuesto, corresponde ahora analizar en revisión si en el caso concreto se debe otorgar o no la tutela solicitada, tarea que será realizada a continuación.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En relación al pago de honorarios profesionales
- III.2. Análisis del caso de autos
- denegado
- APROBAR