SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0461/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
1)
Con el derecho a la réplica agregó que: 1) No se discutirá si los policías ingresaron al domicilio de su representado o no, pero es suficiente que cruzaran la puerta, siendo su detención ilegal; 2) En cuanto a la denuncia de desvío de agua, adjuntó una ficha ambiental aprobada por la Prefectura; 3) Respecto a la inasistencia a reuniones, indico que se pagaron las multas correspondientes a la comunidad. Actos que no justifican de ninguna manera la expulsión dispuesta; y, 4) El asesor legal de la Policía manifestó que nunca conocieron la (RA) 159/2009, lo que significa que hasta el momento de la aprehensión no existía la misma y que se prestaron servicios, sin contar con ningún documento legal que pese contra su representado.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De l
- III.3. Principio de informalismo en las acciones de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- POR TANTO