SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0461/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0461/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

“improcedente”

Concluida la audiencia, la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 14/2009 de 24 de agosto, cursante de fs. 64 a 66, declarando “improcedente” la acción de libertad, bajo el fundamento que los actos señalados de vulneratorios, no gravitan en el ámbito de protección de la acción interpuesta, de manera que aún siendo arbitrarios, indebidos, ilegales o contrarios a disposiciones constitucionales y de ley, son independientes para considerar que contra Emerson Schuster existe un peligro de vida, o que es ilegalmente perseguido, indebidamente procesado o privado de su libertad, mucho más si no se aportó prueba, por lo que los hechos denunciados no pueden ser analizados en una acción de libertad, cuando el accionante tiene otras vías para reclamar como son las establecidas en el art. 14.V y VI de la Constitución Política del Estado (CPE).

Por los fundamentos expuestos se concluye que el Tribunal de garantías al haber declarado “improcedente” la acción de libertad, aunque debió denegarla, en virtud a la nueva terminología contenida en la Constitución Política del Estado, evaluó correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo