Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0488/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
II.5.
II.5. El 27 de enero de 2009, el accionante al ser notificado con los Autos de 22 y 23 de enero de 2009, mediante memorial dirigido al ahora demandado, solicitó aclaración de la fecha que se tomará en cuenta para el término del plazo probatorio de 10 días. El sumariante aclaró mediante proveído del mismo día, que la etapa probatoria comenzó a correr a partir de la notificación de 23 de enero de 2009, conforme establece el art. 22 inc. b) del DS 26237 de 29 de junio de 2001 (fs. 20 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- III.2. En cuanto al cómputo de plazo para la presentación de recursos impugnativos en los procesos administrativos internos
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR