SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0488/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de los derechos, al debido proceso, al juez natural, a la dignidad humana y al trabajo, toda vez que la autoridad demandada mediante Resolución Sumarial de 3 de marzo de 2009, declaró improcedente el recurso de revocatoria que presentó dentro del Proceso Administrativo Interno que se instauró en su contra por haber sido presentado fuera de plazo; no obstante, que dicho recurso fue presentado el 27 de febrero de 2009, a horas 19:00 ante la Notaria de Fe Pública de Primera Clase 29, mismo que fue entregado en oficinas de la Autoridad Sumariante el 2 de marzo de 2009. Por lo expuesto, corresponde ahora analizar si en el caso concreto se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- III.2. En cuanto al cómputo de plazo para la presentación de recursos impugnativos en los procesos administrativos internos
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR