SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0491/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0491/2011-R

Fecha: 25-Abr-2011

fue aprehendido en el lugar de los hechos en la fecha señalada

De la revisión de los datos del expediente y de los informes presentados, se establece que contra él existía una denuncia interpuesta por Máximo Vegamonte García y otros, por la supuesta comisión del delito de allanamiento y otros, perpetrados el 26 de agosto de 2009, en instalaciones de la Alcaldía Municipal de Vinto, por lo que en primera instancia fue aprehendido en el lugar de los hechos en la fecha señalada y conducido a instalaciones de la FELCC, siendo citado a objeto de prestar declaración informativa el 27 del mismo mes y año, a horas 9:00, conforme se evidencia de fs. 43 a 44. Ahora bien, de los informes presentados a la Jueza de garantías, se establece que fue liberado el mismo día; es decir, el 26 de agosto de 2009, antes de las ocho horas que señala el procedimiento, y ante la evidencia del quebrantamiento de su salud, haciéndose presente al día siguiente y a la hora señalada ante el despacho fiscal a objeto de prestar su declaración informativa (fs. 44).