SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0506/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
a)
Los accionantes, a través de su abogado, ratificaron el memorial de la acción de amparo constitucional en su integridad, reiteró los fundamentos expuestos, agregando que: a) Por el amparo constitucional interpuesto, se objeta la Resolución del proceso coactivo civil interpuesto por la tercera interesada Magdalena Magaly Delgadillo de Auad, en el cual se embargó, remató y adjudicó un bien inmueble de su propiedad, sin que hubiesen tenido conocimiento ni hubieran sido notificados como terceros interesados en el referido proceso; y, b) El Juez demandado no abrió término de prueba para darles la oportunidad de probar que evidentemente se encuentran en posesión del inmueble y que tienen el derecho de oponibilidad al haber inscrito su derecho en oficinas de DD.RR. y que no pudieron presentar al interponer el incidente por la premura de la objeción al desapoderamiento.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente”-
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- ) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- improcedente”
- APROBAR en parte