SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0506/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0506/2011-R

Fecha: 25-Abr-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 20 de mayo de 2009, cursante de fs. 370 a 373, subsano el 25 de ese mismo año (fs. 375) los accionantes refieren que, al fallecimiento de su madre, Carmen Descarpontriez Toledo, a través del Auto de 17 de junio de 2006, emitido por el Juez Cuarto de Instrucción en lo Civil, fueron declarados herederos forzosos ab intestato de todos sus bienes, acciones y derechos, de los cuales tomaron posesión, entre ellos del bien inmueble ubicado en calle Guemes 5 de la ciudad de Santa Cruz, con una superficie de 850,50m2, sobre el cual interpusieron una demanda ordinaria de nulidad de contrato de venta por simulación, reconocimiento de contrato verdadero y extinción de obligación contra Evar Suárez Amelunge, como emergencia del contrato suscrito entre éste y su causahabiente el 25 de septiembre de 2000, consistente en la venta ficta del referido inmueble por un precio de Bs200 000.- (doscientos mil bolivianos); fecha en la cual además suscribieron otro documento ficticio donde supuestamente se aclaraba que el precio de dicha venta era de $us68 750.- (sesenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares estadounidenses). Esta transferencia que aparentemente hizo su madre, encubría un préstamo de dinero por $us33 000.- (treinta y tres mil dólares estadounidenses) que fue inscrito preventivamente en el Registro de Derechos Reales (DD.RR.) como condición para otorgar dicho préstamo; sin embargo, después de siete años, el 10 de abril de 2007, el supuesto comprador inscribió la transferencia ficta, a pesar que nunca le fue entregado el inmueble por tratarse de una venta simulada.

La inoponibilidad del derecho de la coactivante frente al derecho de los suscritos al no haber inscrito su embargo en el registro respectivo, planteado el incidente de oposición al desapoderamiento, fue resuelto mediante el ilegal Auto de 8 de mayo de 2009, por el cual el Juez rechazó el mismo, disponiendo que debe proseguirse con la ejecución de sentencia.