Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0511/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
II.4.
II.4. Por providencia de 14 de octubre de 2006, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil, María Ivonne Avilés Escobar, dispuso que: “habiendo devuelto el primer mandamiento de lanzamiento expedido, ejecutado de forma inconclusa, en arreglo a los datos del proceso y sobre todo en virtud del auto de Vista pronunciado dentro la presente causa que no admite recurso ulterior…” (sic) se expida nuevo mandamiento de lanzamiento “…con expresa habilitación de días y horas extraordinarias y facultad de allanamiento…” (fs. 118).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- .
- III.1. Ámbito de protección de la acción de amparo constitucional
- Sobre la seguridad jurídica,
- derecho a la defensa
- III.2.2. De los procesos interdictos
- Las Sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada se ejecutarán, sin alterar ni modificar su contenido, por los jueces de primera instancia que hubieren conocido el proceso'
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR