SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0520/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
III.5. Derechos de los pueblos indígena originario campesinos e interés individual
Con relación a estos derechos relacionados siempre con el derecho al agua, la antes citada SC 0156/2010-R, expresó: “…el derecho de agua es un derecho individual como comunitario colectivo, por lo tanto no es admisible la prevalencia del ejercicio de este derecho de un grupo colectivo por sobre el interés particular y tampoco puede darse lo contrario; es decir, el favoritismo del interés individual sobre el comunitario, por ello, el derecho fundamental al agua se encuentra consagrado tanto dentro del catálogo de derechos fundamentales de las personas, como también de cierto modo, en los derechos de las naciones y pueblos indígena, originario campesinos, lo cual en la práctica no es una contradicción, ya que por una parte surge la justicia en igualdad de condiciones con respecto a la distribución de agua y de otros beneficios entre los distintos grupos y sectores de la sociedad, y por otra, la distribución se basará en decisiones autónomas conforme a los derechos indígena originario campesinos según las formas organizativas propias y las concepciones particulares en cada cultura.”. Sentencia que desglosa también, lo previsto por las Naciones Unidas - Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC), en cumplimiento al Pacto Internacional de estos derechos, ratificado por nuestro país mediante Decreto Supremo (DS) 18950 de 17 de mayo de 1982; el análisis del desarrollo adecuado para la consagración de este derecho, contenido en la Constitución Política del Estado promulgada el 7 de febrero de 2009 y jurisprudencia comparada que respalda el fundamento de la presente Resolución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección directa e inmediata otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.2. Sobre la legitimación pasiva de los entes colegiados
- III.3. Sobre la legitimación pasiva parcial ante medidas de hecho
- III.4. Derecho al agua en la Constitución Política del Estado
- III.5. Derechos de los pueblos indígena originario campesinos e interés individual
- III.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR