0154/2011-R de 21 de febrero de 2011
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0154/2011-R de 21 de febrero de 2011

Fecha: 24-May-2011

0636/2010-R de 19 de junio,

En este sentido, el entendimiento de la SC 0636/2010-R de 19 de junio, debe ser reconducida; estableciéndose que en la etapa preparatoria, el incidente de actividad procesal defectuosa, puede ser impugnado mediante el recurso de apelación incidental, en aplicación objetiva de los arts. 167, 394 con relación al 403.11 del CPP; además, considerando que la jurisprudencia tiene el efecto constitucional de mutar y que dicho efecto, no contravendría la seguridad jurídica, por tanto la Sentencia Constitucional 0154/2011-R, de 21 de febrero y el Fundamento Jurídico objeto de la presente aclaración, debió proceder con el entendimiento e interpretación que antecede.