0154/2011-R de 21 de febrero de 2011
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0154/2011-R de 21 de febrero de 2011

Fecha: 24-May-2011

Magistrada:

La suscrita Magistrada, dentro del término previsto en el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional, presenta voto disidente en la forma, conocido también en doctrina como "voto aclaratorio", con relación a la SC 0154/2011-R de 21 de febrero de 2011, respecto a los Fundamentos Jurídicos III.2 y último párrafo del III.3, que refiere que, el incidente de actividad procesal defectuosa es apelable conforme a lo previsto por el art. 403 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), según los siguientes fundamentos: