SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0589/2011-R
Fecha: 03-May-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia que ha sido vulnerado su derecho a la libertad, toda vez que dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de homicidio, la autoridad judicial demandada sin realizar una valoración integral de los elementos de convicción ni actuar con objetividad, dispuso su detención preventiva como medida cautelar de carácter personal, no obstante que se encuentra embarazada hecho que hace procedente la imposición de medidas sustitutivas, al gozar de protección por la Constitución Política del Estado y las leyes, tanto ella como su hijo. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o no la tutela solicitada.
- I.1.1
- I.2.Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- Fragmento 13
- III.2.1. Derecho a la vida
- i) Bloque de constitucionalidad
- ii) Derecho a la vida, como derecho fundamental en el orden constitucional boliviano
- iii) La acción de libertad, derecho a la vida, e inaplicabilidad de la subsidiaridad excepcional
- iv) Protección constitucional a la mujer embarazada y al ser en gestación
- v) Derechos del niño no nacido
- III.2.3. Jurisprudencia constitucional sobre el derecho a la vida
- III.2.4.
- III.3.Análisis del caso concreto
- conceder
- REVOCAR