SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0606/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0606/2011-R

Fecha: 03-May-2011

Fragmento 27

Así también corresponde señalar que el art. 39 del citado Reglamento de las NB-SABS, dispone que una vez agotada la vía administrativa, y en la eventualidad de haberse confirmado las resoluciones dictadas por la autoridad correspondiente o haberse desestimado el recurso presentado, la MAE instruirá, en cada caso y cuando así corresponda, la ejecución de las garantías presentadas a favor de la entidad convocante.