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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0635/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0635/2011-R

    Fecha: 03-May-2011

    REVOCAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010 que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 50 de 17 de junio de 2009, cursante de fs. 305 vta. a 310,  dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
    • a)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • "Dada la naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad, y por expresa previsión legal, el rechazo de la solicitud de parte del recurso incidental de inconstitucionalidad, no suspende el proceso judicial o administrativo, ni impide la dictación de la resolución o sentencia
    • El presente entendimiento jurisprudencial de orden procesal, es aplicable al caso de autos, a los que están en trámite a la espera de resolución en este Tribunal, como también a los casos futuros entre tanto no se disponga otra situación a través de la ley o de la jurisprudencia
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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