Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0651/2011-R
Fecha: 03-May-2011
3)
3) En aplicación a la jurisprudencia constitucional vinculante y obligatoria, la defensa de la menor P.V.C.R. debía demostrar con señalamiento expreso cuáles fueron los actos o acciones que dilataron el proceso que en los que no intervino su propio accionar y no limitarse simplemente a realizar una operación de adición de meses y días, tal como efectuó en el memorial de 21 de diciembre de 2007; por lo que los Vocales demandados, al rechazar su petición, citando y señalando jurisprudencia que debía cumplirse, no vulneraron ninguno de los derechos fundamentales de la hija de los accionantes.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.1.3. Petitorio
- i)
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III.1. La fundamentación de la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR