Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.1.
II.1. De las aseveraciones del accionante en el memorial de demanda y de lo señalado por la autoridad jurisdiccional en audiencia, se evidencia que el 21 de marzo de 2000, María Elisa Alvarado Rodríguez, interpuso demanda de pago de beneficios sociales contra la empresa “Ecco Publicidad Integral S.R.L.” representada legalmente en ese entonces por María Angélica Kirigin de Calvo, ante el Juzgado Sexto de Partido del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, proceso que a la fecha de interposición de la presente acción, se encontraba en etapa de ejecución de sentencia (fs. 7 y 21).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad: El principio de informalismo
- III.2. Mandamiento de apremio en materia laboral
- III.3. Demandas laborales seguidas contra personas jurídicas
- III.4. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- REVOCAR