Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0667/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.4.
II.4. Posteriormente, María Angélica Kirigin de Calvo, presentó un memorial al citado Juzgado, solicitando que se deje sin efecto el mandamiento de apremio expedido en su contra al existir un nuevo representante legal de la empresa demandada, a lo que la Jueza, complementando el Auto dictado anteriormente por el que aceptó la representación del nuevo personero legal, emitió un decreto, disponiendo que Rodrigo Sergio Peró Gonzales, en el plazo de setenta y dos horas de su legal notificación presente el correspondiente registro en FUNDEMPRESA, de conformidad a lo dispuesto por el Código de Comercio y el DL 379 (fs. 8 y 21 vta.); manteniendo en consecuencia, vigente el mandamiento de apremio.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad: El principio de informalismo
- III.2. Mandamiento de apremio en materia laboral
- III.3. Demandas laborales seguidas contra personas jurídicas
- III.4. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- REVOCAR