Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.3.
II.3. A través del memorial de 19 de octubre de 2009, Julio Suárez Sánchez pidió “por quinta vez” (sic) a Carlos Montaño Alvarez, en su calidad de Fiscal asignado al asiento judicial de Minero, se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión librado en su contra y también, el señalamiento de fecha y hora de audiencia para prestar su declaración informativa (fs. 5 a 7 vta.); documental que fue presentada la indicada fecha en las oficinas del Ministerio Público de la localidad de Montero. Con el mismo tenor y características, consta el escrito de 22 del mismo mes y año, cursante de fs. 8 a 10.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos, no siendo admisible dicha situación que de ocurrir inviabiliza la acción tutelar, pues al activar en forma simultánea la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional, para que ambas conozcan y resuelvan las irregularidades denunciadas, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Análisis de las circunstancias del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- APROBAR