SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2011-R

Fecha: 16-May-2011

II.3.

II.3.  Estando el proceso radicado en la Corte Suprema de Justicia por el recurso de casación formulado; el 21 de mayo de 2004, Fausto Barbonari Ferentelli y Carlos Agustín Sánchez Vargas, impetraron la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, sustentando su petición en la Disposición Transitoria Tercera del CPP, manifestando que el plazo máximo de cinco años para concluir el proceso había sobrepasado los cuarenta y ocho días sin existir sentencia ejecutoriada (fs. 25 a 26). Reiterando su pedido por memorial presentado el 20 de septiembre de ese año, citando la SC 0101/2004 de 14 de septiembre, indicando que no habían interpuesto ningún tipo de acción dilatoria que tienda a retrasar la normal prosecución del proceso; y que en todo caso, en el supuesto de existir demora en alguna actuación judicial, esta sería atribuible al sistema burocrático de todos los juicios en general (fs. 23 a 24).