SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2011-R
Fecha: 16-May-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2009, cursante de fs. 29 a 30 vta., el accionante por su representado manifiesto que, debido a un proceso penal iniciado a denuncia de Santos Guillermo Colque Montes en su contra por los delitos de estafa y estelionato, el 14 de noviembre de 2009, la Fiscal demandada libró orden de citación para la recepción de su declaración informativa a llevarse a cabo el 17 del citado mes y año, emitiendo posteriormente a esta audiencia una Resolución de aprehensión al amparo del art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en la que señaló la existencia de un documento de compromiso de pago y reconocimiento de deuda, sin tomar en cuenta lo previsto en el art. 117.III de la Constitución Política del Estado (CPE), que establece que no se impondrá sanción privativa de libertad por deudas u obligaciones patrimoniales, excepto en los casos establecidos por ley.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de libertad y circunstancias en que opera excepcionalmente la subsidiariedad
- SC 0080/2010-R
- Primer supuesto:
- Fragmento 10
- III.2. Respecto al retiro de una demanda de acción de libertad
- SC 1229/2010-R
- III.3.Análisis del caso concreto
- APROBAR