SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2011-R

Fecha: 16-May-2011

“improcedente”

El Juez Sexto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 10/09 de 21 de noviembre de 2009, cursante de fs. 48 a 50 vta., declaró “improcedente” la tutela solicitada, en base a la siguiente fundamentación: 1) Se evidencia que Benito Segundo Díaz fue aprehendido mediante Resolución emitida por la autoridad demandada el 17 de noviembre de 2009, en sujeción del art. 226 del CPP y de la concurrencia de los art. 234 y 235 del mismo cuerpo legal, siendo posteriormente puesto a disposición de la autoridad jurisdiccional a objeto de definir su situación jurídica; 2) La Jueza Primera de Instrucción Mixta del Plan Tres Mil del Distrito Judicial de Santa Cruz, en audiencia de medidas cautelares, dispuso la libertad de Benito Segundo Díaz, librando mandamiento de libertad el 19 de noviembre de 2009; y, 3) Se concluye que el accionante no se encuentra ilegalmente aprehendido, por lo que no se ha vulnerado su derecho a la libertad.