SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0718/2011-R
Fecha: 20-May-2011
II.1.
II.1. Con ocasión de la carrera nacional de automovilismo, se cerró la ruta hacia el Chaco, en el departamento de Tarija, el 29 de noviembre de 2009. Ese mismo día, a horas 10:00, el accionante acompañado por su representado y familia en su vehículo particular, trataron de pasar el puente de Entre Ríos, para dirigirse a la localidad de Pajonal, no obstante haberles indicado los funcionarios policiales demandados que se encontraban de servicio, la prohibición de hacerlo, negativa que ocasionó agresiones verbales por parte del accionante, su representado y funcionarios policiales, que concluyeron por la intervención de Giovany Sokol Saravia (demandado), retornando en el motorizado a su domicilio, Juan Eduardo Vargas Quispe (representado del accionante) y su familia, excepto Fernando Vargas Guzmán, quien cruzó a pie el puente y se dirigió a la meta (fs. 1 a 2).
- I.1.1
- a)
- I.2.1
- 1)
- i)
- Ministerio Público,
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.Faltas y contravenciones policiales
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto a la denuncia sobre la vulneración del derecho a la libertad
- Respecto a la lesión del derecho a la vida del accionante
- conceder
- APROBAR