Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0718/2011-R
Fecha: 20-May-2011
Ministerio Público,
El representante del Ministerio Público, en audiencia señaló que los policías formularon denuncia contra el accionante y su representado, por las agresiones sufridas, por lo cual su autoridad actuó conforme a procedimiento, dio parte a la autoridad jurisdiccional, quien dispuso la libertad del tío y representado del accionante, como acredita por el respectivo cuaderno de investigaciones, requiriendo la improcedencia de la presente acción de libertad.
- I.1.1
- a)
- I.2.1
- 1)
- i)
- Ministerio Público,
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.Faltas y contravenciones policiales
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto a la denuncia sobre la vulneración del derecho a la libertad
- Respecto a la lesión del derecho a la vida del accionante
- conceder
- APROBAR