SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0732/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0732/2011-R

Fecha: 20-May-2011

II.6.

II.6.  Mediante Resolución de 3 de diciembre del indicado año, los Vocales demandados revocaron el Auto apelado disponiendo la detención preventiva de Eliodoro Condori Condori. Los fundamentos fueron los siguientes: Inicialmente indicaron que no es suficiente la existencia del riesgo de obstaculización para determinar la revocatoria de las medidas sustitutivas, por lo que procedieron a analizar la concurrencia de los presupuestos exigidos por ley. En ese intento indicaron que concurre el inc. 1) del art. 233 del CPP, por la existencia de certificados médicos y la declaración de la menor de la cual se presume su veracidad “conforme a normas y tratados internacionales”; en cuanto al segundo elemento concurre el peligro de obstaculización que no se reduce a la etapa preparatoria, sino que se inicia con la imputación formal y concluye con la ejecutoria de la sentencia; y en ese contexto, se tiene de la prueba aparejada que Eliodoro Condori Condoli, se apersonó por las inmediaciones del domicilio de la víctima y junto a su esposa al colegio de la menor; circunstancias que constituyen obstaculización, adecuando su conducta al art. 235 incs. 2) y 4) del CPP, por la posibilidad que influya sobre los testigos y partícipes o peritos o que el imputado inducirá a otros a realizar las acciones descritas en los incs. 1), 2) y 3) de dicho artículo (fs. 88 a 90).