SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0765/2011-R
Fecha: 20-May-2011
I.1.1. Hechos que la motivan la acción
A través de la Resolución 149/05.08.08 de 5 de agosto de 2008 -dictada dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco de Crédito de Bolivia S.A. (BCB S.A.), contra la empresa de la que Mario Jaime Jiménez Prudencio es representante legal-, los dos Vocales demandados, resolvieron -en un sólo acto- las apelaciones que el accionante interpuso contra las Resoluciones de 17 de julio y 12 de febrero del mismo año; así, la Resolución indicada, fue suscrita por Renán Jiménez Sempértegui y Virginia Rocabado Ayaviri, última que intervino oficiosamente -tres días antes de ser convocada-, con antelación a la excusa del conocimiento de los recursos -formulada el 7 de agosto de 2008, por la Vocal de la Sala Civil Segunda- y sin que exista el sorteo respectivo entre los Vocales firmantes.
De acuerdo a lo expuesto, el accionante acusa de ilegal la Resolución del 5 de agosto de 2008 y nula de pleno derecho, al haberse pronunciado tres días antes de convocada la autoridad demandada; además que, el trámite de la excusa de la Vocal de la Sala Civil Segunda, no mereció el procedimiento pertinente, hasta entonces no fue declarada legal o ilegal; agrega a lo indicado que, el fallo en cuestión, le fue notificado el 12 del mismo mes y año, en el “tablero del juzgado” y no así, en el domicilio procesal que indicó.
- acción de amparo constitucional,
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.1.1. Principio de inmediatez que rige sobre la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Viabilidad de la tutela solicitada por el accionante
- plazo por meses cuyo cómputo es de fecha a fecha
- “conceder”
- APROBAR