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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0769/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0769/2011-R

    Fecha: 20-May-2011

    II.2.

     II.2. La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, integrado por las autoridades demandadas; mediante Auto de Vista 70 de 1 de junio de 2009, declararon improbada la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, presentada por el accionante (fs. 252 a 253 vta.).

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • tanto el juez o tribunal de amparo así como el Tribunal Constitucional, puedan compulsar sobre la base de criterios objetivos, la legitimación de las partes, así como la veracidad de los hechos reclamados y los derechos lesionados, para en definitiva otorgar o negar el amparo expresamente solicitado
    • III.2.1. Jurisprudencia constitucional aplicable
    • Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento
    • es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • como también por los efectos que pueda producir
    • 7 de febrero de 2009 y su publicación
    • Fragmento 17

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