SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0785/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0785/2011-R

Fecha: 30-May-2011

a)

Con estos antecedentes solicita se declare “procedente” la presente acción tutelar, disponiendo: a) Se anule obrados hasta el vicio más antiguo, debiendo procederse con una nueva investigación; b) Se deje sin efecto cualquier mandamiento de aprehensión que podría librarse en su contra; y, c) Se ordene el pago de costas y la reparación de daños y perjuicios.

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, a la defensa, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, aduciendo que: a) El Juez demandado, no ejerció control jurisdiccional del proceso, pues no observó que el mismo adolecía de defectos absolutos como ser: 1) La imputación formal fue presentada fuera del término de cinco días que establecen los arts. 300, 301 y 302 del CPP; 2) No fue notificado personalmente con la imputación formal, la cual además no se encuentra debidamente fundamentada, ya que contiene una serie de aberraciones legales; y,  3) Hasta la fecha de interposición del recurso no fueron resueltos los incidentes presentados, los cuales son de pleno y especial pronunciamiento; y, b) Los Jueces Técnicos demandados, tampoco ejercieron control jurisdiccional, pues radicaron la acusación formal sin observar ésos defectos absolutos; situaciones irregulares que hacen que esté perseguido ilegalmente. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a los fines de conceder o denegar la tutela solicitada.