SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0785/2011-R
Fecha: 30-May-2011
III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
Entre una de las acciones de defensa, que la Constitución Política del Estado vigente establece, está la acción de libertad, que tiene por objeto tutelar el derecho a la vida y a la libertad, en los casos en que aquélla se encuentre en peligro, y cuando ésta sea objeto de una persecución ilegal, un indebido procesamiento u objeto de privación en cualquiera de sus formas, pudiendo toda persona que considere encontrarse en cualquiera de las situaciones antes expresadas, acudir ante el juez o tribunal competente en materia penal, y solicitar se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad; así, su art. 125, señala: “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer acción de libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad”. Cabe hacer hincapié, que el constituyente ha previsto la exención de toda formalidad en su interposición, así como la rapidez en su trámite que es sumarísimo y su efecto inmediato, pudiendo ser preventivo, correctivo o reparador.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.5
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- procesamiento ilegal
- no pueden ser objeto de análisis a través de la presente acción tutelar, por cuanto debieron ser impugnadas dentro del mismo proceso penal, a objeto de que sean subsanadas por los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria,
- III.3.2. Sobre la denuncia de persecución ilegal
- 1º REVOCAR en parte