Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0810/2011-R
Fecha: 30-May-2011
I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
La accionante denuncia como vulnerados los derechos de su representado a la libertad y a la “seguridad jurídica”, la garantía del debido proceso, y los principios de legalidad y aplicación objetiva de la norma, citando al efecto los arts. 22, 23.I y II, 60, 115.II y 116 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- (Incompetencia).
- 2. La que resuelve una excepción;
- APROBAR