Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0836/2011-R
Fecha: 03-Jun-2011
II.1.
II.1. Cursa solicitud de citación de 1 de octubre de 2008, presentada por Triana Esperanza Puma y Jean Marie Gallianth, ante el Fiscal de turno de Oruro, a los efectos de que Didier Jean Marie Perreol, explique y demuestre los argumentos que viene utilizando de forma calumniosa y difamatoria en su contra; a tal efecto Lindón Requena Johnson, Fiscal de materia, libra primera citación para que se presenten ante su despacho, “al día siguiente de su notificación a horas 17:00” (sic) (fs. 8 a 9 vta.)
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- procesamiento indebido o persecución ilegal
- debe tomarse en cuenta que cuando se invoca la tutela de un procesamiento indebido debe estar vinculado al derecho a la libertad necesariamente, porque de lo contrario esta lesión puede ser reparada por otro mecanismo de defensa.
- Fragmento 12
- para ser tutelada la persecución ilegal argüida por los accionantes a través de esta acción de libertad, tiene necesariamente que estar ligada a la privación de libertad,
- APROBAR