SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0930/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
a)
Por informe cursante de fs. 150, los demandados señalaron: a) A través de una acción de libertad, el accionante pretende que se deje sin efecto el Auto Supremo Nº 561 de 23 de noviembre de 2009, mediante el cual, la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, entre otras disposiciones, declaró infundado el recurso de casación interpuesto por Pedro Gudiño Chumacero contra el Auto de Vista de 11 de noviembre de 2002, que confirmó la Sentencia Condenatoria, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante y otros, por el delito de tráfico de sustancias controladas previsto en el art. 48 de la Ley 1008 con la agravante de asociación delictuosa y confabulación, incurso en el art. 53 de la citada Ley Penal Antidroga; y, b) Actualmente no componen la Sala Penal Primera de la Corte Suprema.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “por encontrarse ilegalmente perseguido e indebidamente procesado”
- a)
- “improcedente”
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1 Activación ante proceso indebido en la acción de libertad: Sub reglas
- III.1.2.
- III.2.2. De la subsidiaridad excepcional y los
- III.4.Del análisis del caso concreto
- APROBAR