Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0930/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
II.2.
II.2. Por memorial de apelación de 3 de septiembre de 2001, el accionante apela la Sentencia, Auto de fs. 2547 y auto de fs. 2555, para que el Tribunal de Alzada deliberando en el fondo, revoque los fallos apelados anulando obrados hasta el vicio más antiguo o en su caso, dicte Auto de Vista de acuerdo a los datos reales y con correcta tipificación de los hechos” (Sic), (fs. 57 a 63 vta).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “por encontrarse ilegalmente perseguido e indebidamente procesado”
- a)
- “improcedente”
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1 Activación ante proceso indebido en la acción de libertad: Sub reglas
- III.1.2.
- III.2.2. De la subsidiaridad excepcional y los
- III.4.Del análisis del caso concreto
- APROBAR