SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0991/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0991/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El accionante sostiene que dentro del proceso de responsabilidades, por los sucesos ocurridos en el caso denominado octubre negro, dentro el cual estaría siendo procesado Erick Alberto Reyes Villa Bacigalupo, se habría convocado a declarar a Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupo, hermano del primero nombrado, motivo por el cual el representado del accionante, luego de haberse apersonado ante el Tribunal Supremo en reiteradas oportunidades, habría hecho conocer que se acogería a su derecho de abstención para así no declarar contra su hermano conforme previenen los arts. 196 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 121.I de la Constitución Política del Estado (CPE), haciendo conocer además su nuevo domicilio real.

No obstante de ello, y pese a que el Oficial de Diligencias habría representado que no pudo notificar a su representado, el Tribunal habría dispuesto la emisión de un mandamiento de aprehensión contra su representado a efecto de hacer cumplir por la vía compulsiva la presentación de su representado ante el Tribunal a efecto de que pueda producirse la testifical señalada.