Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0991/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de su derecho a la libertad, a la libre locomoción y su derecho de abstención, por cuanto pese a que no se lo habría notificado con la citación respectiva a efecto de que pueda prestar su declaración testifical dentro del juicio de responsabilidades denominado “octubre negro”, y no obstante haber hecho conocer su intención de abstenerse a declarar en mérito a tener tratamiento privilegiado por encontrarse procesado dentro de ese juicio su hermano, se habría emitido mandamiento de aprehensión en su contra. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- Daniel Humérez Valda
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de libertad, como causal de denegatoria
- al existir identidad de objeto, causa y de personas aunque parcialmente, ésta es considerada por la jurisprudencia constitucional una causal de improcedencia de la acción de defensa, aspecto por el que impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de la presente acción
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR