Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2011-R
Fecha: 29-Jun-2011
II.8.
II.8. Por memorial de 4 de febrero de 2009, el representado de los accionantes solicitó al Fiscal General demandado, que en mérito de haberse dictado Resolución de amparo constitucional favorable a su persona, y habiéndose devuelto antecedentes al Juez de la Instrucción, se habrían modificado los fundamentos de su suspensión provisional, solicitando en consecuencia revoque y deje sin efecto las Resoluciones Fiscales 177/2008 y 080/08 (fs. 37 a 40 vta.) y mediante proveído el Fiscal General demandado, no dio lugar a la solicitud impetrada por el accionante (fs. 41 a 42).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3.
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II. 2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II. 7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- III.2 Armonización de términos procesales
- III.3.Respecto a la presentación de una nueva acción tutelar para el cumplimiento de lo dispuesto en una anterior y el caso concreto
- 2º