Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1041/2011-R
Fecha: 29-Jun-2011
II.9.
interpuso recurso jerárquico impugnando la Resolución 027/2008, que fue resuelto mediante Resolución 188/09 de 12 de febrero de 2009, por la cual, el General Miguel A. Gemio Urrutia, Comandante General de la Policía Nacional, confirma en todas sus partes la Resolución recurrida, con el argumento de no ser aplicable el art. 25 del Reglamento de Préstamos de COVIPOL, porque según la certificación del Jefe de la División de Préstamos, evidencia que el accionante no cuenta con crédito vigente (fs. 77 a 93).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y garantía y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- 5)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.2. Legitimación pasiva de los Tribunales o entes colegiados
- III.3
- III.4. La problemática planteada en el caso de autos
- APROBAR