Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1043/2011-R
Fecha: 29-Jun-2011
II.8.
II.8. El 8 y 14 de abril de 2009, mediante notas dirigidas al Jefe Médico, y Administrador de la CNS, respectivamente, los odontólogos de la CNS solicitaron la posesión al ganador del concurso; asimismo, el 17 de abril de 2009, mediante nota dirigida al Colegio y Tribunal de Honor del Colegio de Odontólogos denunciaron a Albino Salamanca Rivas, por haberse hecho posesionar como Jefe Regional de Odontología a.i. de la CNS y que una vez posesionado, inició un proceso de amedrentamiento contra los odontólogos a contrato temporal (fs. 19 a 23).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.2. Marco normativo del concurso de méritos y examen de competencia
- el Tribunal calificador es el único autorizado para anular la convocatoria, declarar desierto el concurso y concluir y declarar ganadores del concurso
- fallo del tribunal calificador
- III.3. Derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR